El cálculo de sus cotizaciones presenta un par de particularidades.
La ratificación del convenio 189 de la OIT tendrá consecuencias.

Integradas dentro del Régimen General, pero formando parte de un régimen especial, las trabajadoras del hogar (son el 95% del total) se rigen por unas normas algo distintas a las del resto de trabajadores en materias de todo tipo como, por ejemplo, las cotizaciones a la Seguridad Social.

Debido a la particularidad de este régimen especial, el organismo informa de forma periódica sobre todo tipo de aspectos prácticos a tener en cuenta para conocer todo lo necesario acerca de la relación laboral de las trabajadoras del hogar. La cotización es uno de ellos y en el caso de estas empleadas de hogar es sumamente importante, ya que es algo diferente en su funcionamiento.

Tal y como ha explicado la Seguridad Social en su perfil de información de la red social Twitter cómo funciona la cotización de las empleadas de hogar. A diferencia de lo que sucede en el Régimen General, las bases de cotización de estas trabajadoras dependerán de los ingresos que recibirán a lo largo del mes.

La información que recoge la Seguridad Social en su página web ayuda a salir de dudas. En función de los ingresos mensuales de la trabajadora de hogar tendrá una base de cotización diferente sobre la que aplicar las cotizaciones. A más remuneración mensual, mayor base de cotización, como es lógico:

-Retribuciones mensuales de hasta 269 euros: una base de cotización de 231 euros al mes.

-Retribuciones mensuales de 269,01 a 418 euros: una base de cotización de 379 euros al mes.

-Retribuciones mensuales de 418,01 a 568 euros: una base de cotización de 528 euros mensuales.

-Retribuciones mensuales de 568,01 euros a 718 euros: una base de cotización de 677 euros mensuales.

-Retribuciones mensuales de 718,01 euros a 869 euros: una base de cotización de 827 euros mensuales.

-Retribuciones mensuales de 869,01 euros a 1.017 euros: una base de cotización de 976 euros mensuales.

-Retribuciones mensuales de 1.017,01 euros a 1.166,70 euros: una base de cotización de 1.166,70 euros mensuales.

-Retribuciones mensuales de 1,166,71 euros a 1.273 euros: una base de cotización de 1.220 euros mensuales.

-Retribuciones mensuales de 1.273,01 euros a 1.439 euros: una base de cotización de 1.370 euros mensuales.

-Retribuciones a partir de 1.439,01 euros: la base de cotización será esa retribución mensual.

Cuánto cotizan las empleadas del hogar.

Sobre estas bases de cotización que dependen de los ingresos mensuales se aplicarán los tipos de cotización que han de asumir las trabajadoras de hogar y sus empleadores o empleadoras. Son las siguientes:

-Un 28,3% en concepto de contingencias comunes, dividido en un 23,6% a cargo del empleador y en un 4,7% a cargo del trabajador.

-Un 1,5% en concepto de contingencias profesionales que se asume de forma íntegra por parte del empleador.

Los próximos cambios con el convenio 189 de la OIT.

En la actualidad, las trabajadoras del hogar no cotizan en concepto de desempleo ni en concepto de FOGASA (Fondo de Garantía Salarial), algo que les priva de derecho a prestaciones por desempleo y de cobertura en caso de impago por parte del empresario.

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Fuente: El Economista

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